Máxima Seguridad Jurídica en al Compraventa

Somos una agencia inmobiliaria adscrita a Arbitraje Notarial

Arbitraje Notarial es el único medio que permite ofrecer a vendedores y compradores la máxima tranquilidad jurídica en la operación de compraventa de una vivienda.

Es una vía alternativa a la justicia ordinaria que permite resolver un conflicto en cuestión de dos meses, lo que permite garantizar a las partes que lo que han plasmado en el contrato de arras se va a cumplir.

Para someterse a Arbitraje Notarial ambas partes deben firmar un Convenio Arbitral anexo al contrato de arras facilitado por una agencia adscrita

UN CONTRATO DE ARRAS NO TE PROTEGE, ARBITRAJE SÍ

La firma de un Contrato de Arras Penitenciales viene recogida en el Código Civil y dice así:

"[...] Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas [...]" (Artículo 1454 del Código Civil Español )

Esto quiere decir que al firmar el contrato de arras el comprador entrega una cantidad de dinero (arras). Si el comprador se echa para atrás las pierde y si el vendedor se echa para atrás tiene que darle al comprador el doble de las arras que le fueron entregadas

Ahora bien, una cosa es lo que pone en el contrato o en la ley y otra muy distinta que las partes quieran cumplirlo de forma voluntaria sin pasar por un largo juicio. Aquí es donde Calatrava Aguado te protege

¿CÓMO PROTEGEMOS AL COMPRADOR?

Uno de los principales riesgos a los que se enfrenta un comprador al firmar un contrato de arras es que el vendedor se arrepienta de la venta y se quede las arras. O bien que se las devuelva sin duplicar. En este caso la mayoría de las agencias suelen recomendar al comprador coger el dinero y no iniciar un juicio dada la lentitud de un procedimiento judicial ordinario (2-3 años) y sus costos (más de 4.000€ + IVA).

Comprando con Calatrava Aguado, y al someter el contrato a Arbitraje Notarial, el comprador se asegura que de una forma muy rápida (2 meses aproximadamente) y gratuita podrá recuperar lo que le corresponde en caso de incumplimiento por parte del vendedor, dando verdadero peso a las arras

¿CÓMO PROTEGEMOS AL VENDEDOR?

Uno de los principales riesgos a los que se enfrenta un vendedor al firmar un contrato de arras es que el comprador incumpla el contrato, ya que un incumplimiento no resuelve el contrato de por sí. Es decir, seguirían estando vigentes los derechos y obligaciones con ese primer comprador hasta que un juez diga lo contrario. Por lo tanto, no podría volver a vender la vivienda ya que, si se firmase con un segundo comprador, habría dos contratos vigentes con dos compradores distintos lo que podría considerarse, según el código penal, un DELITO DE ESTAFA. Vender la vivienda sin resolver el primer contrato implicaría asumir un riesgo muy grande.

Muchos compradores saben esto y a pesar de haber incumplido ellos el contrato no firman un acuerdo de resolución con el fin de bloquear la venta de la vivienda a un segundo comprador y así forzar que el vendedor les devuelva las arras entregadas.

Vendiendo con Calatrava Aguado, y al someter el contrato a Arbitraje Notarial, el vendedor se asegura que podrá hacer suyas las arras y volver a vender el inmueble en 2 meses aproximadamente, sin tener que esperar 2-3 años, en caso de incumplimiento por parte del comprador

¿CÓMO FUNCIONA ARBITRAJE NOTARIAL?

En caso de incumplirse un contrato sometido a Arbitraje, un notario designado por el Colegio Notarial lo resolverá mediante una resolución (laudo) con efectos de sentencia firme de forma muy rápida ( aproximadamente 2 meses) y totalmente GRATUITO.

Dicha resolución es de obligado cumplimiento, no tiene carácter de sentencia revisable y debe ser considerada como una decisión firme según ratifica la Sentencia del Tribunal Constitucional del 15 de febrero del año 2021. Esto le garantiza que lo que ponga en el contrato se cumplirá

En un procedimiento de Arbitraje Notarial no es necesario abogado y procurador, pero cualquiera de las partes puede estar representado por un abogado si así lo desea.

¿CUANTO CUESTA SOMETER A ARBITRAJE LA VENTA?

Nada, el coste de someter a Arbitraje Notarial la venta de su vivienda es un coste que asumirá el comprador, pero si este no quisiera pagarlo y prefiere quedarse tranquilo entonces tendría que abonar sólo 242€. El procedimiento y todos los gastos derivados de ese procedimiento, son GRATUITOS.

Esto significa que someter la compraventa de un inmueble a arbitraje y asegurar su tranquilidad valdrá lo mismo sea un apartamento de 300.000€ o una villa de 14.000.000€

¿CUANTO TIEMPO Y DINERO PUEDO AHORRAR?

VÍA JUDICIAL ORDINARIA:
Ejemplo para una vivienda de 150.000€, con unas arras de 15.000€, unos gastos de comunidad de 120€/mes y un IBI de 650€/año

Tiempo Total Perdido por cualquiera de las partes: 3 años

COMPRADOR:
Si el comprador tiene que reclamar las arras entregadas (15.000€) por duplicado:

1) Requerimiento de pago extrajudicial previo                  200€
2) Acta de no comparecencia en notaría                           200€
3) 10% del importe reclamado                                        3.000€
4) Honorarios Procurador                                                  700€
                             Base Imponible:                                 4.100€
                             21% IVA:                                              861€
                             TOTAL:                                              4.961€

VENDEDOR:
Si el vendedor tiene que resolver el contrato porque comprador lo incumple el contrato y decide bloquear la venta del inmueble de mala fe durante dos meses:

1) Gastos de comunidad  (x36 cuotas)                             1.440€
2) Gastos IBI (x3 anualidades)                                         1.950€
3) Resolución contrato via judicial (+21% iva)                  4.961€
                             TOTAL:                                                8.351€

ARBITRAJE NOTARIAL:
Ejemplo para una vivienda de 150.000€, con unas arras de 15.000€, unos gastos de comunidad de 120€/mes y un IBI de 650€/año

Tiempo Total Perdido por cualquiera de las partes: 2 meses

COMPRADOR:
Si el comprador tiene que reclamar las arras entregadas (15.000€) por duplicado:

1) Prima Convenio Arbitral                                                200€
2) Conciliación / Mediación                                                   0€
3) Gastos Procedimiento                                                      0€
                             Base Imponible:                                    200€
                             21% IVA:                                                42€
                             TOTAL:                                                 242€


VENDEDOR:
Si el vendedor tiene que resolver el contrato porque comprador lo incumple el contrato y decide bloquear la venta del inmueble de mala fe durante dos meses:

1) Gastos de comunidad  (x2 cuotas)                              240€
2) Gastos IBI (x 2/12 anualidades)                                   108€
3) Prima Convenio Arbitral (+21% iva)                             242€
4) Resolución contrato vía arbitral                                        0€
                             TOTAL:                                                590€